Segunda conciliación
Conciliadores: Felipe Anzola Hinestroza y Juan Camilo Laborde
Posturas Contrapuestas: Oskar Nupia y Jimena Hurtado
Introducción:
El contrato social, según Rousseau, consiste en el pacto social que soluciona el problema fundamental de la sociedad. Este problema fundamental consiste en “encontrar una forma de asociación capaz de defender y proteger con toda la fuerza común la persona y bienes de cada uno de los asociados; pero de modo que cada uno de estos, uniéndose a todos, sólo obedezca a sí mismo y quede tan libre como antes” (Rousseau, 1762). Es decir, el contrato social se refiere a aquel conjunto de normas bajo las cuales una sociedad se construye, distribuye poderes, asume responsabilidades y reclama derechos. A lo largo de la historia de la teoría política, las versiones acerca de la existencia de un pacto social que da forma al Estado han variado de múltiples formas. Sin embargo, ha sido evidente que, en la mayoría de casos, existe una serie de normas fundamentales sobre las cuales las poblaciones se ponen de acuerdo y construyen una comunidad con derechos y deberes. Actualmente se tiende a relacionar este pacto social con el sistema jurídico, que va evolucionando con el tiempo, se adapta a los contextos y regula las sociedades. También, ha sido evidente que cuando las sociedades atraviesan momentos coyunturales, el contrato social tiende a atravesar fases críticas debido a que las tensiones sociales se intensifican.
Ahora bien, la actual pandemia ha hecho que muchas de las estructuras políticas, sociales y económicas de Colombia tambaleen con fuerza y las tensiones al interior de la sociedad se han magnificado al compás de un aumento en el desempleo, la desigualdad y la exclusión, entre otras cosas. En este sentido, múltiples sectores de la sociedad (académicos, políticos y ciudadanos) han manifestado la necesidad de aprovechar la ocasión para adelantar reformas estructurales en algunos de los pilares que regulan nuestra interacción como comunidad y nuestra vida en sociedad, como el sistema fiscal, las instituciones jurídicas que regulan el mercado laboral, las normas que regulan el comercio exterior y la productividad, entre otros. Estas discusiones, independientemente de los matices políticos que toman, van encaminadas hacia una misma dirección: es necesario cambiar las reglas del juego y las distorsionadas formas que estas toman en la práctica.
Por este motivo, en esta edición de Encontrando la Frontera tenemos el objetivo general de reflexionar acerca de la necesidad de renovar el contrato social colombiano en la época post COVID-19. Para esto, realizaremos un ejercicio intelectual que consiste en sintetizar, comparar y descubrir los puntos de encuentro entre los textos escritos por los economistas Jimena Hurtado y Oskar Nupia, que se enfocan en tratar este tema. Así, la presente edición de “Encontrando la Frontera” buscará sentar las bases para la generación de un debate público informado y crítico entorno a la necesidad de renovar los acuerdos tácitos y explícitos inherentes al pacto social colombiano.
Exposición de los textos de Oskar Nupia y Jimena Hurtado
Para empezar con este ejercicio, es importante introducir las ideas principales de los textos escritos por Jimena Hurtado y Oskar Nupia, para que posteriormente sea más sencillo establecer cuál es el punto que los une a ambos. Por un lado, Nupia elabora un ejercicio de reflexión empírica con el que busca proponer cambios específicos en el contrato social del país. Él afirma que el problema con el contrato social colombiano viene desde antes de la pandemia y asegura que este se debe a que el Estado colombiano, a pesar de que ha avanzado en múltiples frentes, sigue encubriendo injusticias que no han sido abordadas por los gobiernos de turno. En este sentido, Nupia atribuye gran parte de los problemas en el contrato social a las decisiones de los gobernantes, que han decidido tratar otras agendas menos significativas, así como a las preferencias de los votantes que no han tenido en cuenta estos problemas a la hora de manifestarse en democracia. Sin embargo, expone que la pandemia puede ser una posibilidad para que las preferencias de los votantes cambien y empiecen a elegir gobernantes que toman decisiones encaminadas a subsanar los enormes huecos en el contrato social colombiano.
Según Nupia, las cuatro reformas que deben ocurrir a partir de una buena gestión gubernamental y de un electorado consciente de los problemas que la pandemia agravó, deben ir todas encaminadas hacia la mejora de la justicia social y redistributiva. En primer lugar, Nupia habla de la rama judicial, ya que ésta tiende a ser corrupta, ineficiente y ha agravado la desigualdad formal y material de los colombianos. En segundo lugar, expone que es necesario mejorar la estructura tributaria porque está llena de exenciones que favorecen a las personas con mayor poder adquisitivo y es regresiva. En tercer lugar, explica la urgente necesidad de cambiar los focos de interés que determinan el gasto público, ya que por ejemplo, invertir una enorme cantidad en el gasto militar, en comparación con el destinado a educación, no ayuda a reducir ninguna brecha de desigualdad y es ineficiente. Por último, Nupia habla del sistema pensional colombiano que, al estar vinculado a los salarios de los trabajadores, beneficia únicamente a aquellos con empleos formales; y que al existir monopolios en el régimen privado de pensiones (que además son ineficientes) aquellos que no están vinculados al régimen público corren el peligro de perder su pensión. Todas estas reformas, tal y como se dijo anteriormente, mejorarían las condiciones del contrato social colombiano debido a que permitirían reducir las injusticias, las desigualdades y la exclusión que caracteriza a la sociedad colombiana.
Por otro lado, Jimena Hurtado elabora un trabajo teórico que gira entorno a la concepción del contrato social de algunos autores de teoría política. Hurtado empieza por introducir el concepto de equilibrio reflexivo propuesto por Rawls, que consiste en la revisión y renovación permanente del contrato que rige el funcionamiento institucional de una sociedad. Este concepto supone la existencia de una ciudadanía responsable y comprometida con su posición en el orden social para realizar esta constante revisión. Partiendo de este concepto, Hurtado afirma que, si bien la coyuntura actual ha puesto a relucir algunos de los efectos perversos que han tenido nuestras decisiones políticas pasadas, la renovación del contrato social no puede enmarcarse en un tiempo definido (p.ej. la década post-covid) porque este ejercicio debe ocurrir constantemente. Sin embargo, sugiere que sí debemos aprovechar este momento constitucional para reevaluar los acuerdos de facto y de iure que tenemos como sociedad, iniciando por fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones y en los mismos ciudadanos. Lo anterior, materializando la idea de que todos somos iguales ante la ley y ejerciendo la tolerancia en el debate público, tarea poco sencilla en una sociedad acostumbrada a la violencia y a no saber diferenciar entre opositor político y enemigo.
De ahí que sea necesario aprovechar este momento para evitar la erosión completa del contrato social colombiano, que desde sus inicios ha sido incapaz de asegurar la igualdad de oportunidades y su contenido ha sido determinado exclusivamente por algunas élites económicas y políticas. La desigualdad ha sido una constante, así como la vulnerabilidad asociada al trabajo informal, lo cual profundiza los efectos de la pandemia y desequilibra la estabilidad social. Esto último, en un entorno de temor e incertidumbre, sienta el caldo de cultivo para la proliferación de la desconfianza, el surgimiento de populismos y el retroceso de los avances sociales de los últimos 20 años.
En este sentido, el texto de Hurtado propone la reestructuración y recuperación de la confianza ciudadana a partir de actos “bottom-up”, esto es, que la confianza en las instituciones públicas se recupere con actos que vayan desde las unidades individuales hasta el agregado de la sociedad. Así, además de sugerir el fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana y de control a la función pública, sugiere la realización de una reforma tributaria estructural que ataque la desigualdad de oportunidades en Colombia. Esta reforma sería un primer intento para conseguir los medios (los recursos) para reasignar adecuadamente las oportunidades y asegurar el goce efectivo de los derechos económicos, sociales, civiles y políticos en Colombia.
Por tal razón, además de ejecutar medidas que surjan en las entrañas de la sociedad, es necesario utilizar al Estado, ya no como un aparato burocrático ininteligible sino como la suma del compromiso de los individuos de la sociedad, para poder canalizar las luchas de intereses que, por naturaleza, surgen en las sociedades democráticas modernas.
Encontrando la frontera
A continuación, expondremos y analizaremos los puntos de encuentro entre los textos de Jimena Hurtado y Oskar Nupia, esto es, encontraremos la frontera que une a ambos puntos de vista. Primero, ambos autores concuerdan en que el contrato social colombiano se encontraba deteriorado desde antes de la pandemia y esta última sencillamente puso a relucir los efectos perversos que tienen el arreglo institucional y el pacto social sobre la sociedad colombiana. Los autores afirman que la vulnerabilidad asociada al trabajo informal (la precarización del trabajo en el argot político) ha sido una constante, así como la desigualdad de oportunidades e ingresos.
En segundo lugar, ambos sostienen que atacar de raíz la desigualdad social y económica es el reto estructural de mayor calado que debe enfrentar la sociedad colombiana en el mediano plazo. El índice de Gini, que mide cuánto se aleja la distribución del ingreso de una distribución perfecta (cada individuo tiene la misma riqueza=0 y toda la riqueza está en un individuo=1) ha ido disminuyendo desde inicios del siglo XXI en Colombia, llegando a 0.489 en 2019. Sin embargo, países comparables en Latinoamérica, como Perú y México, han reducido la desigualdad y tenían índices de Gini en 2019 de 0.454 y 0.459, respectivamente. A su vez, la reducción de la desigualdad en Colombia experimentada en el siglo XXI apenas logró revertir el aumento marcado que esta tuvo en la última década del siglo XX.
Ahora, estos avances serán eliminados de rajatabla por la pandemia. El CEDE (2020) encontró que, en ausencia de las medidas ejecutadas por el Estado para paliar la crisis, los efectos de los diversos choques que estamos enfrentando nos devolverían a la distribución de ingreso de inicios de siglo. Es decir, 20 años de política social se perderían, aunque con medidas estatales puede ser de 9 o 10 años. Esto es sumamente preocupante porque refleja ciertas dinámicas al interior de los hogares que deben atacarse de raíz. Por ejemplo, el mayor impacto del desempleo sobre las mujeres y la mayor carga de labores no remuneradas y de la economía del hogar sobre las mujeres muestran que la crisis agudizará la desigualdad de género.
Ocampo (2020) sugiere que se requieren medidas de corto y largo plazo para atacar esta característica estructural de la sociedad colombiana, tales como una política educativa que aumente la calidad y cobertura del sistema, que garantice que los estudiantes permanezcan en sus estudios y puedan acceder a tecnologías para estudiar en línea. A su vez, recomienda la implementación de una política laboral de capacitación tecnológica y subsidios al empleo, a la vez que se avanza en la reforma del Código del trabajo. Marcela Eslava ha sugerido, de forma similar, la necesidad de flexibilizar las relaciones laborales para adecuarlas a la realidad económica colombiana (50% de los trabajadores no aportan a seguridad social o se encuentran en firmas muy pequeñas). En este sentido, Hurtado y Nupia concuerdan en que las reformas encaminadas a recuperar la confianza de los ciudadanos en las instituciones deben ir de la mano con una reducción sustancial de la desigualdad de oportunidades, y estas deben ejecutarse antes de que supongan un riesgo para la estabilidad social en Colombia.
En tercer lugar, un punto importante de conciliación se encuentra al entender que tanto Oskar como Jimena creen que la solución al problema del contrato social empieza por un cambio en los individuos. Por un lado, Oskar habla de un cambio en las preferencias individuales que genere una diferencia en los gobernantes electos y en sus agendas, y, por el otro lado, Jimena habla de un cambio en los valores de cada individuo que, de forma agregada, se traduzca en la creación de un contexto tolerante en el que se permita la interacción continua de ideas. Sin embargo, hay un punto fundamental que da cabida a que se genere un desarrollo expositivo completamente distinto en ambos casos. Mientras que para Oskar las condiciones para que las ideas surjan y posteriormente se materialicen por medio del ejercicio gubernamental ya están presentes en la actualidad colombiana, y el cambio en el contrato social depende en gran medida de una evolución en las preferencias de los individuos motivada por factores exógenos, Jimena afirma que debe existir un ejercicio previo al que plantea Oskar, porque las condiciones de intolerancia y exclusión no permitirían que un factor exógeno como la crisis actual sea suficiente para generar las ideas y que éstas florezcan en el seno de una institucionalidad que permita la verdadera interacción entre ideas. De este modo, podemos evidenciar que en uno de los puntos en los que mayor discrepancia existe en ambos textos, hay también un punto que los une: la creencia de que el cambio empieza por las individualidades.
Por último, los autores divergen en la opinión de la temporalidad de la renovación del contrato social. Por un lado, Hurtado afirma que el contrato social es el fruto de una ciudadanía responsable que constantemente revisa los acuerdos subyacentes al arreglo institucional, por lo cual este tiene una naturaleza dinámica. Por otro lado, Nupia sugiere, implícitamente, que el contrato social tiene una naturaleza estática y sólo de vez en cuando surgen reformas necesarias de hacer en el seno de la democracia. Consideramos que el supuesto de una ciudadanía responsable con su función social podría decantar en un resultado esperanzador: la ciudadanía, de llegar a realizar un ejercicio de análisis ecléctico sobre los problemas sociales, puede ser capaz de poner a relucir los problemas que requieren de reformas estructurales y, por lo tanto, la sociedad civil sería capaz de renovar el contrato social constantemente, guardando las tradiciones estáticas que ella misma considere necesarias. Así, bajo dicho supuesto, la divergencia de opiniones podría verse como una forma de complementar las ideas de ambos autores.
Conclusión:
Desde Encontrando la Frontera queremos recalcar la importancia detrás de cuestionarse y analizar constantemente la naturaleza del contrato social que regula nuestras relaciones, pues este determina características fundamentales de la vida que tenemos como ciudadanos. En este sentido, no se trata de construir el contrato social perfecto, sino de construir uno abierto, dinámico y, en palabras de Zagrebelsky (2008), dúctil. Este contrato debe estar acompañado de una sociedad civil que tenga la capacidad de analizar los cambios coyunturales y estructurales en la sociedad, que en la era contemporánea suceden en cuestión de meses, para mantener la cohesión social y avanzar en los retos de largo plazo que democráticamente nos establezcamos.
Agradecimientos
Queremos agradecerle a Maria Daniela Delgado y Pablo van Cotthem por la revisión exhaustiva que hicieron del texto.
Referencias
Observatorio de coyuntura económica y social del Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico – CEDE de la Facultad de Economía de la Universidad de los Andes (2020). “Nota Macroeconómica No.20 Efectos en pobreza y desigualdad del Covid-19 en Colombia: un retroceso de dos décadas”. Universidad de los Andes, Bogotá, Colombia.
Ocampo, Jose Antonio. (2020). “La desigualdad”. En: Editorial El Tiempo. Tomado de: https://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/jose-antonio-ocampo/la-desigualdad-columna-de-jose-antonio-ocampo-516988
Rousseau, Jean Jacques. (1762). “El contrato social”. Traducido del francés por A.D. México D.F.
Zagrebelsky, Gustavo (2008). “El derecho dúctil”. Trotta, Madrid.
Posturas Contrapuestas: Oskar Nupia y Jimena Hurtado
Introducción:
El contrato social, según Rousseau, consiste en el pacto social que soluciona el problema fundamental de la sociedad. Este problema fundamental consiste en “encontrar una forma de asociación capaz de defender y proteger con toda la fuerza común la persona y bienes de cada uno de los asociados; pero de modo que cada uno de estos, uniéndose a todos, sólo obedezca a sí mismo y quede tan libre como antes” (Rousseau, 1762). Es decir, el contrato social se refiere a aquel conjunto de normas bajo las cuales una sociedad se construye, distribuye poderes, asume responsabilidades y reclama derechos. A lo largo de la historia de la teoría política, las versiones acerca de la existencia de un pacto social que da forma al Estado han variado de múltiples formas. Sin embargo, ha sido evidente que, en la mayoría de casos, existe una serie de normas fundamentales sobre las cuales las poblaciones se ponen de acuerdo y construyen una comunidad con derechos y deberes. Actualmente se tiende a relacionar este pacto social con el sistema jurídico, que va evolucionando con el tiempo, se adapta a los contextos y regula las sociedades. También, ha sido evidente que cuando las sociedades atraviesan momentos coyunturales, el contrato social tiende a atravesar fases críticas debido a que las tensiones sociales se intensifican.
Ahora bien, la actual pandemia ha hecho que muchas de las estructuras políticas, sociales y económicas de Colombia tambaleen con fuerza y las tensiones al interior de la sociedad se han magnificado al compás de un aumento en el desempleo, la desigualdad y la exclusión, entre otras cosas. En este sentido, múltiples sectores de la sociedad (académicos, políticos y ciudadanos) han manifestado la necesidad de aprovechar la ocasión para adelantar reformas estructurales en algunos de los pilares que regulan nuestra interacción como comunidad y nuestra vida en sociedad, como el sistema fiscal, las instituciones jurídicas que regulan el mercado laboral, las normas que regulan el comercio exterior y la productividad, entre otros. Estas discusiones, independientemente de los matices políticos que toman, van encaminadas hacia una misma dirección: es necesario cambiar las reglas del juego y las distorsionadas formas que estas toman en la práctica.
Por este motivo, en esta edición de Encontrando la Frontera tenemos el objetivo general de reflexionar acerca de la necesidad de renovar el contrato social colombiano en la época post COVID-19. Para esto, realizaremos un ejercicio intelectual que consiste en sintetizar, comparar y descubrir los puntos de encuentro entre los textos escritos por los economistas Jimena Hurtado y Oskar Nupia, que se enfocan en tratar este tema. Así, la presente edición de “Encontrando la Frontera” buscará sentar las bases para la generación de un debate público informado y crítico entorno a la necesidad de renovar los acuerdos tácitos y explícitos inherentes al pacto social colombiano.
Exposición de los textos de Oskar Nupia y Jimena Hurtado
Para empezar con este ejercicio, es importante introducir las ideas principales de los textos escritos por Jimena Hurtado y Oskar Nupia, para que posteriormente sea más sencillo establecer cuál es el punto que los une a ambos. Por un lado, Nupia elabora un ejercicio de reflexión empírica con el que busca proponer cambios específicos en el contrato social del país. Él afirma que el problema con el contrato social colombiano viene desde antes de la pandemia y asegura que este se debe a que el Estado colombiano, a pesar de que ha avanzado en múltiples frentes, sigue encubriendo injusticias que no han sido abordadas por los gobiernos de turno. En este sentido, Nupia atribuye gran parte de los problemas en el contrato social a las decisiones de los gobernantes, que han decidido tratar otras agendas menos significativas, así como a las preferencias de los votantes que no han tenido en cuenta estos problemas a la hora de manifestarse en democracia. Sin embargo, expone que la pandemia puede ser una posibilidad para que las preferencias de los votantes cambien y empiecen a elegir gobernantes que toman decisiones encaminadas a subsanar los enormes huecos en el contrato social colombiano.
Según Nupia, las cuatro reformas que deben ocurrir a partir de una buena gestión gubernamental y de un electorado consciente de los problemas que la pandemia agravó, deben ir todas encaminadas hacia la mejora de la justicia social y redistributiva. En primer lugar, Nupia habla de la rama judicial, ya que ésta tiende a ser corrupta, ineficiente y ha agravado la desigualdad formal y material de los colombianos. En segundo lugar, expone que es necesario mejorar la estructura tributaria porque está llena de exenciones que favorecen a las personas con mayor poder adquisitivo y es regresiva. En tercer lugar, explica la urgente necesidad de cambiar los focos de interés que determinan el gasto público, ya que por ejemplo, invertir una enorme cantidad en el gasto militar, en comparación con el destinado a educación, no ayuda a reducir ninguna brecha de desigualdad y es ineficiente. Por último, Nupia habla del sistema pensional colombiano que, al estar vinculado a los salarios de los trabajadores, beneficia únicamente a aquellos con empleos formales; y que al existir monopolios en el régimen privado de pensiones (que además son ineficientes) aquellos que no están vinculados al régimen público corren el peligro de perder su pensión. Todas estas reformas, tal y como se dijo anteriormente, mejorarían las condiciones del contrato social colombiano debido a que permitirían reducir las injusticias, las desigualdades y la exclusión que caracteriza a la sociedad colombiana.
Por otro lado, Jimena Hurtado elabora un trabajo teórico que gira entorno a la concepción del contrato social de algunos autores de teoría política. Hurtado empieza por introducir el concepto de equilibrio reflexivo propuesto por Rawls, que consiste en la revisión y renovación permanente del contrato que rige el funcionamiento institucional de una sociedad. Este concepto supone la existencia de una ciudadanía responsable y comprometida con su posición en el orden social para realizar esta constante revisión. Partiendo de este concepto, Hurtado afirma que, si bien la coyuntura actual ha puesto a relucir algunos de los efectos perversos que han tenido nuestras decisiones políticas pasadas, la renovación del contrato social no puede enmarcarse en un tiempo definido (p.ej. la década post-covid) porque este ejercicio debe ocurrir constantemente. Sin embargo, sugiere que sí debemos aprovechar este momento constitucional para reevaluar los acuerdos de facto y de iure que tenemos como sociedad, iniciando por fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones y en los mismos ciudadanos. Lo anterior, materializando la idea de que todos somos iguales ante la ley y ejerciendo la tolerancia en el debate público, tarea poco sencilla en una sociedad acostumbrada a la violencia y a no saber diferenciar entre opositor político y enemigo.
De ahí que sea necesario aprovechar este momento para evitar la erosión completa del contrato social colombiano, que desde sus inicios ha sido incapaz de asegurar la igualdad de oportunidades y su contenido ha sido determinado exclusivamente por algunas élites económicas y políticas. La desigualdad ha sido una constante, así como la vulnerabilidad asociada al trabajo informal, lo cual profundiza los efectos de la pandemia y desequilibra la estabilidad social. Esto último, en un entorno de temor e incertidumbre, sienta el caldo de cultivo para la proliferación de la desconfianza, el surgimiento de populismos y el retroceso de los avances sociales de los últimos 20 años.
En este sentido, el texto de Hurtado propone la reestructuración y recuperación de la confianza ciudadana a partir de actos “bottom-up”, esto es, que la confianza en las instituciones públicas se recupere con actos que vayan desde las unidades individuales hasta el agregado de la sociedad. Así, además de sugerir el fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana y de control a la función pública, sugiere la realización de una reforma tributaria estructural que ataque la desigualdad de oportunidades en Colombia. Esta reforma sería un primer intento para conseguir los medios (los recursos) para reasignar adecuadamente las oportunidades y asegurar el goce efectivo de los derechos económicos, sociales, civiles y políticos en Colombia.
Por tal razón, además de ejecutar medidas que surjan en las entrañas de la sociedad, es necesario utilizar al Estado, ya no como un aparato burocrático ininteligible sino como la suma del compromiso de los individuos de la sociedad, para poder canalizar las luchas de intereses que, por naturaleza, surgen en las sociedades democráticas modernas.
Encontrando la frontera
A continuación, expondremos y analizaremos los puntos de encuentro entre los textos de Jimena Hurtado y Oskar Nupia, esto es, encontraremos la frontera que une a ambos puntos de vista. Primero, ambos autores concuerdan en que el contrato social colombiano se encontraba deteriorado desde antes de la pandemia y esta última sencillamente puso a relucir los efectos perversos que tienen el arreglo institucional y el pacto social sobre la sociedad colombiana. Los autores afirman que la vulnerabilidad asociada al trabajo informal (la precarización del trabajo en el argot político) ha sido una constante, así como la desigualdad de oportunidades e ingresos.
En segundo lugar, ambos sostienen que atacar de raíz la desigualdad social y económica es el reto estructural de mayor calado que debe enfrentar la sociedad colombiana en el mediano plazo. El índice de Gini, que mide cuánto se aleja la distribución del ingreso de una distribución perfecta (cada individuo tiene la misma riqueza=0 y toda la riqueza está en un individuo=1) ha ido disminuyendo desde inicios del siglo XXI en Colombia, llegando a 0.489 en 2019. Sin embargo, países comparables en Latinoamérica, como Perú y México, han reducido la desigualdad y tenían índices de Gini en 2019 de 0.454 y 0.459, respectivamente. A su vez, la reducción de la desigualdad en Colombia experimentada en el siglo XXI apenas logró revertir el aumento marcado que esta tuvo en la última década del siglo XX.
Ahora, estos avances serán eliminados de rajatabla por la pandemia. El CEDE (2020) encontró que, en ausencia de las medidas ejecutadas por el Estado para paliar la crisis, los efectos de los diversos choques que estamos enfrentando nos devolverían a la distribución de ingreso de inicios de siglo. Es decir, 20 años de política social se perderían, aunque con medidas estatales puede ser de 9 o 10 años. Esto es sumamente preocupante porque refleja ciertas dinámicas al interior de los hogares que deben atacarse de raíz. Por ejemplo, el mayor impacto del desempleo sobre las mujeres y la mayor carga de labores no remuneradas y de la economía del hogar sobre las mujeres muestran que la crisis agudizará la desigualdad de género.
Ocampo (2020) sugiere que se requieren medidas de corto y largo plazo para atacar esta característica estructural de la sociedad colombiana, tales como una política educativa que aumente la calidad y cobertura del sistema, que garantice que los estudiantes permanezcan en sus estudios y puedan acceder a tecnologías para estudiar en línea. A su vez, recomienda la implementación de una política laboral de capacitación tecnológica y subsidios al empleo, a la vez que se avanza en la reforma del Código del trabajo. Marcela Eslava ha sugerido, de forma similar, la necesidad de flexibilizar las relaciones laborales para adecuarlas a la realidad económica colombiana (50% de los trabajadores no aportan a seguridad social o se encuentran en firmas muy pequeñas). En este sentido, Hurtado y Nupia concuerdan en que las reformas encaminadas a recuperar la confianza de los ciudadanos en las instituciones deben ir de la mano con una reducción sustancial de la desigualdad de oportunidades, y estas deben ejecutarse antes de que supongan un riesgo para la estabilidad social en Colombia.
En tercer lugar, un punto importante de conciliación se encuentra al entender que tanto Oskar como Jimena creen que la solución al problema del contrato social empieza por un cambio en los individuos. Por un lado, Oskar habla de un cambio en las preferencias individuales que genere una diferencia en los gobernantes electos y en sus agendas, y, por el otro lado, Jimena habla de un cambio en los valores de cada individuo que, de forma agregada, se traduzca en la creación de un contexto tolerante en el que se permita la interacción continua de ideas. Sin embargo, hay un punto fundamental que da cabida a que se genere un desarrollo expositivo completamente distinto en ambos casos. Mientras que para Oskar las condiciones para que las ideas surjan y posteriormente se materialicen por medio del ejercicio gubernamental ya están presentes en la actualidad colombiana, y el cambio en el contrato social depende en gran medida de una evolución en las preferencias de los individuos motivada por factores exógenos, Jimena afirma que debe existir un ejercicio previo al que plantea Oskar, porque las condiciones de intolerancia y exclusión no permitirían que un factor exógeno como la crisis actual sea suficiente para generar las ideas y que éstas florezcan en el seno de una institucionalidad que permita la verdadera interacción entre ideas. De este modo, podemos evidenciar que en uno de los puntos en los que mayor discrepancia existe en ambos textos, hay también un punto que los une: la creencia de que el cambio empieza por las individualidades.
Por último, los autores divergen en la opinión de la temporalidad de la renovación del contrato social. Por un lado, Hurtado afirma que el contrato social es el fruto de una ciudadanía responsable que constantemente revisa los acuerdos subyacentes al arreglo institucional, por lo cual este tiene una naturaleza dinámica. Por otro lado, Nupia sugiere, implícitamente, que el contrato social tiene una naturaleza estática y sólo de vez en cuando surgen reformas necesarias de hacer en el seno de la democracia. Consideramos que el supuesto de una ciudadanía responsable con su función social podría decantar en un resultado esperanzador: la ciudadanía, de llegar a realizar un ejercicio de análisis ecléctico sobre los problemas sociales, puede ser capaz de poner a relucir los problemas que requieren de reformas estructurales y, por lo tanto, la sociedad civil sería capaz de renovar el contrato social constantemente, guardando las tradiciones estáticas que ella misma considere necesarias. Así, bajo dicho supuesto, la divergencia de opiniones podría verse como una forma de complementar las ideas de ambos autores.
Conclusión:
Desde Encontrando la Frontera queremos recalcar la importancia detrás de cuestionarse y analizar constantemente la naturaleza del contrato social que regula nuestras relaciones, pues este determina características fundamentales de la vida que tenemos como ciudadanos. En este sentido, no se trata de construir el contrato social perfecto, sino de construir uno abierto, dinámico y, en palabras de Zagrebelsky (2008), dúctil. Este contrato debe estar acompañado de una sociedad civil que tenga la capacidad de analizar los cambios coyunturales y estructurales en la sociedad, que en la era contemporánea suceden en cuestión de meses, para mantener la cohesión social y avanzar en los retos de largo plazo que democráticamente nos establezcamos.
Agradecimientos
Queremos agradecerle a Maria Daniela Delgado y Pablo van Cotthem por la revisión exhaustiva que hicieron del texto.
Referencias
Observatorio de coyuntura económica y social del Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico – CEDE de la Facultad de Economía de la Universidad de los Andes (2020). “Nota Macroeconómica No.20 Efectos en pobreza y desigualdad del Covid-19 en Colombia: un retroceso de dos décadas”. Universidad de los Andes, Bogotá, Colombia.
Ocampo, Jose Antonio. (2020). “La desigualdad”. En: Editorial El Tiempo. Tomado de: https://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/jose-antonio-ocampo/la-desigualdad-columna-de-jose-antonio-ocampo-516988
Rousseau, Jean Jacques. (1762). “El contrato social”. Traducido del francés por A.D. México D.F.
Zagrebelsky, Gustavo (2008). “El derecho dúctil”. Trotta, Madrid.